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Tu casa después de un incendio o una inundación

Ahora mismo no sabes por dónde empezar, y es normal. Llámanos: en menos de 2 horas tienes un equipo en tu casa para frenar el daño, y a partir de ahí nos ocupamos nosotros.

A cualquier hora, también de madrugada y en festivos. La primera llamada no te cuesta nada.

< 2 hEn tu casa desde el aviso
20 minTe decimos qué hacer
+70.000Siniestros gestionados
350Profesionales

Qué hacer si tu casa ha sufrido un incendio o una inundación

Lo primero es la seguridad: no vuelvas a entrar hasta que los bomberos o los servicios de emergencia lo autoricen, y no toques la instalación eléctrica si ha estado en contacto con agua o con el fuego. Después, antes de limpiar o tirar nada, fotografía cada estancia y cada objeto dañado: esas imágenes son la base de tu reclamación. Comunica el siniestro a tu compañía; el artículo 16 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro fija un plazo de siete días desde que lo conoces, salvo que tu póliza recoja uno más amplio. Y llama cuanto antes a una empresa de restauración post-siniestro: el daño por humo y por humedad avanza durante los primeros días, así que lo que se contiene en las primeras horas es lo que después se puede recuperar.

La primera hora

Qué hacer ahora mismo, según lo que haya pasado

Si has tenido un incendio

Seguridad primero, documentación después.

  • No entres hasta que te lo autoricen. Aunque las llamas estén apagadas puede haber riesgo estructural y gases de combustión.
  • No enciendas la luz ni ningún aparato. La instalación puede estar dañada aunque por fuera parezca intacta.
  • Fotografía todo antes de mover nada. Estancia por estancia, y también objetos de valor y electrodomésticos.
  • No limpies el hollín por tu cuenta. Frotarlo o mojarlo lo fija y convierte en irrecuperable lo que era limpiable.
  • Llama cuanto antes. Los residuos de combustión son corrosivos y actúan sobre metales y electrónica desde el primer día.

Si has tenido una inundación

Cortar, documentar y no esperar a que seque.

  • Corta la luz desde el cuadro general, solo si puedes llegar sin pisar agua ni mojarte. Si no, espera a un técnico.
  • Cierra la llave de paso si el agua viene de una tubería de tu vivienda.
  • No uses aparatos que se hayan mojado, ni siquiera después de secarlos por fuera.
  • Fotografía el nivel que alcanzó el agua en cada estancia, y los muebles y suelos afectados.
  • No esperes a que seque solo. El moho aparece en 24-48 horas y a partir de ahí hay que demoler, no secar.

¿Prefieres que lo veamos nosotros?

Mándanos dos fotos por WhatsApp y te decimos qué hacer en la próxima hora. Sin coste.

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Cómo te ayudamos

Desde frenar el daño hasta devolverte la casa

Contención del daño

Aseguramos la zona y protegemos lo que no se ha visto afectado.

Limpieza de humo y hollín

Retirada de residuos en paredes, techos y enseres.

Eliminación de olores

El olor a quemado no se tapa, se elimina.

Achique y secado

Extracción del agua y deshumidificación industrial.

Desescombro

Retirada con gestor autorizado y su certificado.

Salvamento de tus cosas

Retiramos, clasificamos y guardamos lo recuperable.

Recuperación de enseres

Limpieza técnica de muebles, ropa, aparatos y documentos.

Restauración completa

Reconstrucción y acabados, con garantía sobre el trabajo.

Nos llamas

Nos cuentas qué ha pasado y dónde estás. Si puedes, manda dos fotos.

Te orientamos al momento

En esa llamada te decimos qué hacer y qué no tocar hasta que lleguemos.

Llegamos en menos de 2 h

Documentamos el estado de la vivienda y frenamos el daño.

Recuperamos tu casa

Limpieza, secado, recuperación y, si lo decides, restauración completa.

Quién lo paga

Las medidas urgentes suelen ir a cargo de tu seguro, no de tu bolsillo

Es la primera pregunta que nos hace todo el mundo, y la respuesta está en la ley. El artículo 17 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro obliga al asegurado a emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro, y establece que los gastos que genere ese deber corren a cargo del asegurador, siempre que no sean desproporcionados. Frenar el daño no es adelantarte a nada: es lo que se espera de ti.

Nosotros no negociamos con tu compañía ni intervenimos en la indemnización. Ejecutamos el trabajo y te entregamos toda la documentación (fotografías con fecha, inventario de lo dañado, mediciones y certificados) para que tú o tu perito la presentéis. Antes de empezar te explicamos qué vamos a hacer y cómo se factura, y no ejecutamos nada que no hayas aprobado.

Quién responde según el tipo de suceso
Qué ha ocurridoQuién suele responder
Incendio dentro de la viviendaTu póliza de hogar, como riesgo ordinario
Incendio forestal que alcanza tu casaTu póliza de hogar. Es riesgo ordinario, no lo cubre el Consorcio
Rotura de tubería o electrodomésticoTu póliza de hogar, en daños por agua
Lluvia intensa que entra por cubierta o ventanasTu póliza de hogar, según el condicionado
Inundación extraordinaria, terremoto o tempestad ciclónica atípicaConsorcio de Compensación de Seguros, si la póliza incluye la cobertura y se ha pagado el recargo

Resumen orientativo: la cobertura concreta depende siempre del condicionado de tu póliza. Cuando se declara zona catastrófica, las ayudas públicas se tramitan por una vía distinta y son compatibles con la indemnización del seguro.

Dos cosas que conviene que sepas

Lo que casi nadie te cuenta los primeros días

Si tu casa queda inhabitable, hay que decirlo pronto

Valoración técnica orientativa, tras la visita.

  • Te decimos si es habitable y por cuánto tiempo. A la vista del alcance de los daños y de la duración prevista de los trabajos, valoramos si el inmueble queda inhabitable y con qué plazo estimado.
  • Para qué te sirve. Muchas pólizas de hogar incluyen alojamiento provisional, una cobertura que suele descubrirse tarde y que se activa acreditando la inhabitabilidad.

Tu póliza puede cubrir los honorarios de tu perito de parte

Te ayudamos a comprobarlo. No designamos perito.

¿Sabías que en caso de siniestro tu póliza puede cubrir el coste de los honorarios derivados de la intervención de un perito de parte que te asesore frente a tu aseguradora y/o el perito que esta designe?

  • Su origen está en el artículo 38 de la vigente LCS 50/80. Cuando no hay acuerdo en la valoración, cada parte designa su perito y, si discrepan, se nombra un tercero. Y el artículo 39 establece que cada parte paga los honorarios de su propio perito: por eso importa que tu póliza los cubra.
  • Te ayudamos a verificarlo. Si nos lo pides, revisamos contigo el condicionado para ver si es tu caso. La decisión y la elección del profesional son siempre tuyas.

Plazos

Cuánto tarda de verdad recuperar una vivienda

Preferimos decirte un plazo realista que uno bonito. En la primera visita te concretamos el tuyo.

Rangos orientativos por tipo de siniestro en vivienda
Tipo de siniestroContenciónLimpieza y secadoRestauración completa
Daños por agua localizadosPrimeras 24 h7-15 días3-6 semanas
Inundación severa con lodoPrimeras 24 h15-25 días2-4 meses
Incendio en una estanciaPrimeras 24 h5-12 días1-3 meses
Incendio con afectación generalPrimeras 24 h15-30 días4-8 meses
Daño estructural con apuntalamientoInmediataSegún proyecto6-12 meses

Los plazos de restauración dependen también de la valoración pericial y de los tiempos de tu compañía. El secado varía según la saturación de los materiales y las condiciones de la vivienda.

Hablemos

Cuéntanos qué ha pasado y te decimos por dónde empezar

Si es urgente, llámanos: es más rápido y te atendemos al momento. Si prefieres que te llamemos nosotros, déjanos tus datos.

  • La primera consulta es gratuita y sin compromiso
  • Te explicamos qué cubre normalmente cada situación
  • No ejecutamos nada que no hayas aprobado antes
  • Trabajamos en toda España, a cualquier hora

Te llamamos nosotros

Si es una urgencia, mejor llama tú: te atendemos ahora mismo.

¿Está pasando ahora? Llámanos y activamos el equipo.

Preguntas frecuentes

Las dudas de los primeros días

¿Puedo empezar a limpiar o tengo que esperar al perito?
Puedes y debes frenar el daño, pero no reparar. La ley te pide que hagas lo posible por que el siniestro no vaya a más, y esas medidas urgentes están amparadas. Lo que conviene evitar es reparar, pintar o tirar cosas antes de que el perito vea el alcance, porque después es muy difícil acreditar lo que había. La regla práctica: fotografía todo primero, contén el daño y deja las reparaciones para cuando el alcance esté documentado.
¿Quién paga vuestra intervención?
Las medidas urgentes para contener el daño suelen imputarse a la partida de gastos de salvamento que el artículo 17 de la Ley 50/1980 sitúa a cargo del asegurador, y en ese caso facturamos a la compañía. Cuando eres tú quien nos contrata directamente, te pasamos presupuesto antes de empezar. En ningún caso ejecutamos trabajos que no hayas aprobado, y siempre te explicamos por adelantado cómo se va a facturar.
¿Puede mi póliza cubrir los honorarios de un perito de parte?
En bastantes casos sí: muchas pólizas multirriesgo de hogar cubren los honorarios derivados de la intervención de un perito de parte que te asesore frente a tu aseguradora y el perito que esta designe. La figura tiene su origen en el artículo 38 de la Ley 50/1980, que regula el peritaje contradictorio cuando no hay acuerdo en la valoración, y el artículo 39 establece que cada parte paga los honorarios de su propio perito. Si nos lo pides, revisamos contigo el condicionado para comprobar si es tu caso; la decisión y la elección del profesional son siempre tuyas.
¿Se puede recuperar la ropa, los muebles o las fotos familiares?
Muchas veces sí, y depende sobre todo del tiempo. Existen técnicas de limpieza específicas para textiles, mobiliario, documentos y aparatos afectados por humo o por agua, pero funcionan dentro de una ventana que se cierra rápido: el hollín es corrosivo y la humedad genera moho en 24-48 horas. Por eso el salvamento es lo primero que hacemos al llegar, antes que la limpieza general de la vivienda.
¿Puedo seguir viviendo en casa mientras trabajáis?
Depende del alcance. En daños localizados se puede convivir con la obra acotando la zona afectada. En un incendio con afectación general o una inundación severa normalmente no es recomendable, por seguridad y porque los equipos de secado son ruidosos y funcionan de forma continua. Si nos lo pides, valoramos tras la visita si la vivienda queda inhabitable y con qué plazo estimado, que es lo que suele necesitarse para activar la cobertura de alojamiento provisional.
¿Un incendio forestal que llega a mi casa lo cubre el Consorcio?
No. El incendio forestal es un riesgo ordinario y lo cubre tu póliza de hogar, no el Consorcio de Compensación de Seguros. El Consorcio interviene en riesgos extraordinarios como la inundación extraordinaria, el terremoto o la tempestad ciclónica atípica, siempre que tu póliza incluya la cobertura correspondiente y se haya pagado el recargo. Es una confusión habitual y conviene aclararla antes de dar el parte, porque cambia a quién hay que dirigirse.

No tienes que resolver esto tú solo

Estamos contigo en menos de 2 horas, en toda España.